Medidas de protección contra incendios para estructuras de acero.Edificio
1.1 Las medidas de protección contra incendios para estructuras de acero deberían determinarse en función del tipo estructural, la resistencia al fuego de diseño y el entorno operativo, de acuerdo con los siguientes principios:
1. La construcción de protección contra incendios no debe generar polvo o gases nocivos para la salud humana;
2. La protección contra incendios no debe causar daños o fallas estructurales cuando los componentes de acero sufran deformaciones permitidas después del incendio;
3. La construcción debe ser conveniente y no afectar la construcción anterior o posterior;
4. La protección contra incendios debe presentar buena durabilidad y resistencia a la intemperie.
1.2 La protección contra incendios de estructuras de acero puede emplear una o una combinación de las siguientes medidas:
1. Pulverización (pulverización) de revestimiento ignífugo;
2. Revestimiento con paneles ignífugos;
3. Revestimiento con materiales aislantes flexibles similares al fieltro;
4. Revestimiento con hormigón, malla metálica, mortero o mampostería.
1.3 Cuando las estructuras de acero estén protegidas con revestimientos retardantes de fuego pulverizados, se deberán cumplir las siguientes disposiciones:
1. Se deben utilizar revestimientos retardadores de fuego no intumescentes para los componentes interiores ocultos.
2. No se deben utilizar recubrimientos retardantes del fuego intumescentes en componentes con un límite de resistencia al fuego de diseño superior a 1,50 h.
3. Cuando se utilizan recubrimientos ignífugos intumescentes para estructuras de acero exteriores y semiexteriores, se deben seleccionar productos que cumplan con los requisitos de desempeño del medio ambiente.
4. El espesor del revestimiento retardante de fuego no intumescente no debe ser inferior a 10 mm.
5. El revestimiento retardante de fuego y el revestimiento anticorrosión deben ser compatibles y compatibles.
1.4 Cuando las estructuras de acero estén protegidas mediante paneles ignífugos de revestimiento se deberán cumplir las siguientes disposiciones:
1. Los paneles ignífugos estarán fabricados con materiales no combustibles y no presentarán fisuras ni grietas penetrantes cuando se expongan al fuego.
2. El revestimiento de paneles ignífugos se diseñará estructuralmente en función de la forma y ubicación de los componentes, y se tomarán medidas para garantizar una instalación segura y estable.
3. Las quillas y adhesivos utilizados para la fijación de los paneles ignífugos serán de materiales incombustibles. La quilla debe conectarse fácilmente a los elementos estructurales y a los paneles ignífugos. El adhesivo debe mantener una cierta resistencia a altas temperaturas y garantizar la integridad de los paneles ignífugos.
1.5 Cuando las estructuras de acero estén protegidas mediante aislamiento de fieltro flexible, se deberán cumplir los siguientes requisitos:
1. No debe utilizarse en estructuras de acero susceptibles a la humedad o al agua.
2. El fieltro no debe comprimirse de manera desigual por su propio peso.
1.6 Cuando las estructuras de acero estén protegidas mediante envoltura de concreto, mortero de malla metálica o mampostería, se deben cumplir los siguientes requisitos:
1. Cuando se utiliza envoltura de concreto, el grado de resistencia del concreto no debe ser inferior a C20.
2. Cuando se utiliza mortero de malla metálica, el grado de resistencia del mortero no debe ser inferior a M5. El tamaño de la malla de la malla metálica no debe ser superior a 20 mm y el diámetro del alambre no debe ser inferior a 0,6 mm. El espesor mínimo del mortero no deberá ser inferior a 25 mm.
3. Cuando se utiliza mampostería, el grado de resistencia de las unidades de mampostería no debe ser inferior a MU10.